jueves, 1 de diciembre de 2016

DERECHOS HUMANOS (V)

Quien crea que el reconocimiento actual de los derechos humanos (DH), en el orden constitucional mexicano corresponde única y exclusivamente a una decisión soberana, es un completo iluso. Lo mismo puede sostenerse de las instituciones protectoras de esos derechos en el orden interno –con excepción del juicio de amparo, claro-.

Si hacemos una revisión de las causas por las cuales la constitución de 1857 reconoció a los DH en su texto, de una manera magistral para aquella época, tendríamos que revisar el curso de los acontecimientos mundiales, especialmente europeos, que el en siglo XIX sucedían. Era que en ese entonces en nuestro suelo patrio triunfaban las ideas liberales y el país se encontraba en el desiderátum de su consolidación definitiva o de su probable desintegración. Los liberales mexicanos salieron airosos de la lucha librada contra los conservadores y pudieron, no sin muchas dificultades, elaborar un proyecto de constitución que por vez primera concentró a los principales derechos fundamentales piedra angular del liberalismo y conjuntarlos con el juicio de amparo que fue, es y seguirá siendo, la más importante defensa de estos derechos y también de la constitución como proyecto de nación.

En ese pretérito los DH representaban el triunfo de la sociedad democrática versus el Estado monárquico y autoritario. Cuando el Estado moderno surgió a la vida la tarea posterior ha sido y fue no solo la organización democrática del poder público sino también el reconocimiento de los derechos fundamentales de todos los seres humanos, considerándolos no como súbditos sino como ciudadanos poseedores de dignidad a la cual el Estado y sus instituciones tienen que reconocer y respetar. El triunfo de los ideales que sostenía la revolución francesa y su declaración de derechos del ciudadano fue la punta de lanza por la cual los derechos se promocionaron en el ideal liberal y pudieron así incorporarse en los programas de los estados nacionales, tal y como fue el caso mexicano.
México, fiel a la manera en que se construyó la sociedad vivió sesenta años con una constitución de avanzada pero con gobiernos que no la procuraban convirtiéndola en pieza de museo. Con la revolución de 1917 y la constitución del mismo año que siguió reconociendo y ampliando el espectro de los DH sobre todo en el ámbito de los derechos sociales, parecía la verdadera recomposición del rumbo pero el sistema político de caciques y prebendas impidió y ha impedido el efectivo cumplimiento de la norma constitucional, la constitución sigue siendo el sempiterno proyecto no cumplido de una revolución inconclusa.

Los DH en este país, como en muchos de esta América sufrida, alegaba en el discurso ser una sociedad consolidada en la democracia y gobernada por instituciones respetuosas de la dignidad humana, el mundo casi lo creyó pie puntillas, la realidad siempre ha sido diferente al discurso. Nuestra nación experimentó un pico económico que lo catapultó a las alturas creyéndose que ese Bom no era más que el producto de la combinación entre gobierno y sociedad democrática, nada más falso. El milagro mexicano de las décadas de los cincuenta y los sesenta del siglo XX, no duró lo que duran dos peces de hielo en un wisky on the rocks, como bien lo dice el maestro Joaquín Sabina en su canción 500 días y 19 noches. El milagro mexicano no fue tanto, pocos años después regresamos a nuestra realidad y peor aún se dio comienzo a la era o etapas de las crisis económicas recurrentes. La política económica del gobierno trataba desesperadamente de buscar nuevos mercados para dejar de depender casi exclusivamente de las exportaciones de petróleo; en lo político como ya se ha dicho aquí se aperturaron nuevas opciones políticas ante los reclamos al sistema y su partido acusándolos de avalar una monarquía sexenal con poderes casi omnipotentes.

En esas se andaba en el sexenio del nefasto Carlos Salinas de Gortari cuando este y su comitiva selecta, fueron a Europa a entrevistarse con los líderes de los organismos internacionales monetarios. Los carroñeros del dinero fueron claros y contundentes: no podía darse la ayuda a México si no se implementaban reformas económicas en el sentido de liberalizar la economía y, ahondar en la democratización social a través del respeto a los DH.

La presión dio resultados. Por un lado se impulsó la venta de activos nacionales desincorporando de la potestad pública a más de mil empresas, acompañando a este proceso un programa de adelgazamiento de la burocracia que produjo miles de desempleados. Por otro lado, Salinas encarga la elaboración de un paquete de reformas constitucionales en la cual surge la figura escandinava del Ombudsman (defensor del pueblo) pero con características diferentes a los contenidos en la institución original escandinava. Se tenía que dar la imagen  de que este país estaba preocupado por el respeto a los DH de los nacionales y, para ello, surgía la necesidad de construir un órgano de Estado que procurara tal tarea, pero con las características propias del sistema político mexicano, es decir, maniatado y sometido a la siempre inefable voluntad  del señor presidente. Fue así como  aparece publicado enel Diario Oficial de la Federación el Decreto de creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como órgano dependiente de la Secretaría de Gobernación. Es decir, sin autonomía política, dependiente del ejecutivo y sometido jerárquicamente a el. Nada bueno podía esperarse de algo así, sin embargo en el medio político y en propio de los juristas no hubo más que sonoros halagos al presidente y a raíz de ello se publicaron libros, artículos , ensayos, en los que se destacaba la voluntad democrática del presidente. El sistema político, ya vapuleado por el resultado de la elección federal de 1988 – en la cual se asegura que hubo un monumental fraude en contra del candidato presidencial Cuauhtémoc Cárdenas- toma bocanadas de aire puro para su sobrevivencia, el cual tendría serios reveses en los años por venir.

El primer presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos fue el distinguido jurista Dr. Jorge Carpizo Mc Gregor, de quien se dice fue el arquitecto del diseño de la reforma constitucional que se comenta.
(Continuará)



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