DERECHOS HUMANOS IX (EL MURO TRUMPIANO Y EL ABUSO DEL DERECHO)
Un amigo me decía que los gringos
pueden hacer lo que quieran en su territorio, si ellos han dispuesto hacer un
muro fenomenal que divida a nuestros países, pues está bien, están en su derecho.
Es como si el vecino de usted construyera una barda dentro de su terreno pues
en su propiedad él puede hacer lo que desee. Si, es correcto de primera mano,
pero todo tiene sus asegunes.
Si el vecino construye su barda a
usted poco le importará si esa barda fea o bonita no le afecta en nada, pero si
da el caso de que la barda le impide la vista o le provoca o le puede provocar
daños patrimoniales entonces usted seguramente protestará y tendrá derecho de
hacerlo. Se trata en este caso de un uso
abusivo del derecho. El uso abusivo del derecho es una institución jurídica
que emana del derecho civil y tiene relación con las limitaciones a la
propiedad privada. Si la barda del vecino a usted no le molesta en lo
patrimonial pues entonces está bien aunque la barda sea fea, pero si esa
construcción le impide la vista o le provoca o puede provocarle algún daño
entonces usted puede demandar al constructor para que la derribe, claro usted
tiene que probar que está sufriendo un daño o que está en riesgo de sufrirlo.
El objetivo de la institución jurídica es evitar daños aunque estemos haciendo
uso de un derecho. El derecho en este caso no faculta para su uso abusivo, si
así fuera no habría manera de mantener el orden dentro de la sociedad.
Otro ejemplo, ya trasladándonos
al derecho público lo vemos y sufrimos casi a diario. Las manifestaciones en
este país se han caracterizado por ser ilegales, no en el sentido de la manifestación
misma, pues este es un derecho humano establecido en la constitución, pero esta
misma ley establece su limitación, que no es otro que el respeto a los demás.
Pues bien, en las diferentes manifestaciones –que no en todas- sus
protagonistas realizan pintas, agreden comercios, insultan a personas, impiden
el ejercicio del derecho humano de tránsito a otras personas, etcétera. Hacen
uso de su derecho pero a la vez abusan de el. Las personas pues, tenemos
derechos y debemos hacerlos valer, pero no debemos, por otra parte, abusar de
ellos si con el abuso se realizan actos de molestia a terceros.
Muy bien ¿y que tiene que ver
esto con el muro Trumpiano? Pues si trasladamos la institución jurídica
civilista al derecho público –recordemos que el derecho civil es la fuente de
casi todas las ramas del derecho-, encontraremos que en esas reglas públicas
opera el mismo principio. Trump con el aval de su Congreso puede ordenar la
construcción de un muro impenetrable entre su país y México siempre que ese
muro se ubique en su territorio.
Es obvio que una construcción de
esa naturaleza causa agravios no solo a los norteamericanos quienes también
deberían de protestar por esa locura, sino que el mayor agravio está en
terceros, en este caso los mexicanos y todos aquellos extranjeros de cualquier
nacionalidad que deseen ingresar a los Estados Unidos. Eso si solo hablamos del
tránsito de personas porque en materia de prestación de servicios y de comercio
en general la cosa es muy grave para las economías tanto de los norteamericanos
como de los mexicanos y otros países que ocupan nuestra frontera como paso natural
terrestre.
¿Dónde está el uso abusivo del
derecho? En la construcción de una obra material que causará mayores perjuicios
que beneficios, tanto a nacionales norteamericanos como a extranjeros ¿procede
como procedería en el derecho civil una indemnización por semejante aberración?
Es una pena decirlo pero el derecho internacional público es un conjunto de
normas jurídicas imperfectas, es decir, que están desprovistas de sanción y, en
caso de que las haya, su ejecución es tan complicada que las nulifica por su
propia naturaleza, pese a que haya acuerdos, tratados, convenciones o pactos
que las establezcan.
En conclusión, Trump y la horda
de republicanos apoltronados en el Congreso pueden autorizar lo que deseen
siempre que la autorización de esos actos materiales afecte exclusivamente a
sus nacionales. En caso contrario, como ha quedado claro en estas líneas,
habrán ejercido un derecho con abuso. No hay manera de que jurídicamente se nos
pague indemnización por daño causado. Esto significaría una vez más en la
historia universal que la fuerza puede más que el derecho. Si el muro se hace
la historia registrará el hecho como uno
de los más bárbaros de la historia reciente, nunca un muro tuvo un despropósito
tan despreciable como el que inspira a Trump, ni siquiera la construcción de la
gran muralla China, la cual sirvió para la defensa de la soberanía ante los
ataques guerreros de otras naciones.
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